Procedimiento sancionador: derechos del presunto responsable y actuaciones previas

Iñigo Urrutia Libarona – UPV/EHU

La vigente Ley Vasca de la Potestad Sancionadora “obvia [conscientemente] el trámite de actuaciones previas” (Exposición de motivos). No obstante, este trámite se contiene en la Ley 39/2015, cuyo artículo 55 recoge la posibilidad de que el órgano competente abra un período de información o actuaciones previas. Un período que no forma parte, propiamente, del procedimiento sancionador, al quedar extramuros de él, y en tal medida, surge el interrogante relativo a los derechos de los presuntos responsables y a la aplicabilidad de las garantías propias del procedimiento administrativo sancionado; asimismo, se abordará la cuestión de la operatividad de la prescripción de la infracción y la caducidad del procedimiento con relación a este período. La reflexión resulta de interés en la medida que el proyecto de Ley vasca de la Potestad sancionadora también se refiere a las actuaciones previas.